Como podría afectarte la nueva Ley de Bienestar Animal si tienes mascota en casa
Esta ley establecerá un marco común, a nivel nacional, que protegerá a los animales y que incorporará cambios interesantes para poner fin a la crueldad y maltrato animal en España
Como muchos ya sabemos, el Gobierno de España ha decidido remangarse y ponerse en manos a la obra con la nueva ley de Bienestar Animal para este 2022. En enero del mismo año, ya se hacía historia al reconocer a las mascotas como seres sintientes por ley, cuando anteriormente eran consideradas como cosas o bienes. Ya en agosto, el Consejo de Ministros aprobó, en segunda vuelta, la nueva Ley de Protección Animal.
Dicha medida está impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que es encabezado por Ione Belarra. Y se espera que entre en vigor antes de que finalice el año 2022. Además, esta ley incorporará cambios interesantes con el objetivo de poner fin a la crueldad y maltrato animal en España. Esto establecerá un marco común, a nivel nacional, que protegerá a los animales. Un ejemplo de esto es que con esta ley será obligatorio realizar un curso formativo para poder adoptar o comprar un perro.
Multas y penas de cárcel
La nueva ley trae de la mano una reforma del Código Penal que endurecerá las sanciones por maltrato animal. Esto incluirá penas de cárcel de hasta 24 meses en el caso de que el animal muera en consecuencia, o de hasta 36 meses en el caso de que concurra más de una agravante. Por no mencionar que también contempla la inhabilitación de entre 5 hasta 10 años de poder vivir o trabajar con animales.
En lo referente a las multas, serán endurecidas de forma considerable. Las infracciones leves tendrán una sanción de hasta 10.000 euros, mientras que las graves serán de hasta 50.000 euros y las muy graves llegarán hasta los 200.000 euros. Otra novedad será que se incorporará la violencia instrumental como una agravante en las situaciones en que las mascotas sean empleadas como instrumentos en los casos de violencia de género.
Además, en los casos de maltrato animal, si hay atención veterinaria se aplicarán penas de hasta 18 meses de prisión o multas de 6 a 12 meses por actos de maltrato animal que involucren tratamiento veterinario para restablecer la salud del animal.
En los casos de abandono, si el responsable del animal lo abandona en unas condiciones que hacen que pueda “peligrar su vida o su integridad”, este será castigado con una pena de multa de 1 a 6 meses. Además de contemplarse trabajos de beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Dejar solos a los perros
No se podrá dejar solos a nuestros perros más de 24 horas. Esta ley prohíbe dejar a los animales de forma permanente en terrazas, trasteros, sótanos o vehículos. De igual forma, tampoco podremos dejar a los animales sin supervisión más de 3 días seguidos. Pero, en el cao de los perros, este tiempo no podrá superar las 24 horas seguidas.
Sin embargo, en el caso de que perdamos a nuestra mascota, tendremos que comunicarlo en un plazo máximo de 48 horas para que no sea considerado un caso de abandono, dado que dicho acto equivale a una multa de 50.000 euros.
Sacrificar animales
El sacrificio de animales de compañía estará prohibido si no existe una causa debidamente justificada. Lo que significa que no se podrán sacrificar animales sanos y que la eutanasia quedará limitada exclusivamente a motivos sanitarios y bajo control veterinario. Además, esta solo podrá llevarse a cabo por veterinarios colegiados con métodos que garanticen la “condición humanitaria”. Además, el sacrificio de animales quedará vetado en centros de protección animal, clínicas veterinarias y zoológicos por cuestiones económicas, falta de plazas, abandono del dueño o en caso de enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento.
Listado positivo de animales de compañía
Este listado regulará qué animales pueden ser objeto de esta definición y, en consecuencia, cuáles podrán convivir en los hogares particulares. Esto será de ámbito estatal y dependerá del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Además, el texto deroga la ley sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Esto también puede limitar el comercio de especies exóticas, y será obligatorio identificar a las mascotas y mantener sus vacunas al día.
El vicepresidente de la Federación Fauna, Jose María López, que es este listado positivo “es el mayor problema que tiene esta ley”. Pues el problema de esto es que “tal y como está redactada la ley, se carga el convenio CITES, que es un convenio que protege la naturaleza a través de su comercio”, ha añadido. Para poder entenderlo, es necesario saber que prácticamente todos los animales que están en este convenio, como los canarios, hámsteres, cobayas, loros, etc., quedarían prohibidos o tendrían que ser evaluados por un comité científico-técnico.
Un buen ejemplo de los esto lo encontramos en Holanda, que adoptó este listado y dejó fuera a animales como la chinchilla, el hámster ruso, pero incluyó en la lista de animales que se podían tener como mascota el búfalo de agua, que puede medir un metro y ochenta centímetros o más, y que puede pesar hasta 1 tonelada (1.000 kilogramos).
El problema que le puede traer, por ejemplo, al propietario de un loro, si se aprueba esta ley, es que la especie de loro que tiene queda automáticamente prohibida. Puede inscribir a su loro en un registro, pero ese loro no puede traspasárselo a otra persona ni hacer que crie y, en el caso de que junte al macho de esa especie con la hembra y ponga huevos, tendrá que destruir esos huevos, que son de una especie protegida.
Esterilizar a las mascotas
Por otro lado, con el fin de evitar la cría descontrolada, será obligatorio esterilizar a todas las mascotas que vivan fuera del interior de las viviendas de sus dueños.
Seguro obligatorio
Todas las personas que tengan o sean responsables de un perro tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. Esto incluye también a los perros que no son potencialmente peligrosos.
Comercio de animales
La norma prohíbe comercializar con perros, gatos y hurones en las tiendas de animales, tampoco se permite su exhibición y exposición al público con estos fines. De manera que solo podrá ser posible adquirir estos animales en criaderos oficiales, mientras que en las tiendas solo se podrán distribuir “animales criados en cautividad por criadores registrados”.
En cuando a la cría y distribución de animales, esta solo podrá ser efectuada por criadores autorizados. Y, en el caso de cesión de animales entre particulares, esta deberá ser “gratuita” y tendrá que quedar reflejada por contrato.
Curso para los titulares de perros
Según el artículo 30 de esta ley: “Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros con una validez indefinida”. Esto implica que todas las personas que quieran comprar o adoptar un perro tendrán que llevar a cabo un curso de formación gratuita y con validez indefinida antes de adquirirlo.
Además, las personas que ya tengan perro deberán también realizar, junto a sus mascotas, un test para “valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social”. Sin embargo, todavía no se sabe el contenido de este curso, ni la forma que tendrá la prueba. Lo que sí podemos asegurar, según ha comentado el vicepresidente de la Federación FAUNA es que el curdo de formación se intentará que sea lo más sencilla posible y que “se realizaría por internet o en centros veterinarios”.
En lo referente a la prueba, según ha añadido José María López, en el caso de que el perro, sea de la raza que sea, no pase la prueba, interacción social, será considerado un perro potencialmente peligroso (PPP) y quedaría “sujeto a las condiciones de tener un perro PPP”.
Ferias, circos y espectáculos
Los animales desaparecerán de las atracciones de ferias y espectáculos que les causen “angustia, dolor o sufrimiento”. Al mismo tiempo, la fauna silvestre no podrá estar presente en los espectáculos de circo. Asimismo, los zoos y delfinarios pasarán a ser centros de recuperación de especies autóctonas.
En esta misma línea, tampoco se permite los espectáculos y actividades en las cuales los animales puedan resultar heridos, como las peleas de gallos. En estas, las personas que adiestren o usen estos animales para dicha actividad, serán sancionados con multas de hasta 200.000 euros.
Animales excluidos de esta ley
La nueva ley no ha estado fuera de polémica. Dado que una de las controversias apela a la exclusión de actividades taurinas en la normativa por ser consideradas un bien inmaterial y patrimonio cultural. Además, los animales que sean destinados a la investigación y experimentación también quedan excluidos de esta ley. Sin embargo, los perros de caza, que anteriormente quedaban también excluidos, quedan contemplados dentro en la protección de esta ley, de forma que tampoco pueden ser maltratados.
Fuente: La Cope
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