¿Sabes cómo convertir a un empleado en socio?

¿Sabes cómo convertir a un empleado en socio?

Te explicamos cuáles son las precauciones que debes tomar a la hora de incorporar a uno de tus trabajadores como socio a tu negocio.

Para explicarte cuándo y por qué te interesa convertir a un empleado en socio, lo primero que tenemos que hacer es derribar dos falsos mitos. Vamos con el primero. Pensar que ahorrarás costes en salarios porque vas a pagar una parte del sueldo en acciones es un grave error.

Si piensas así, significa que no entiendes ni lo que es un salario, ni lo que son las acciones, ni lo que es la retribución variable. Un salario tiene que pagar el valor de una persona en un determinado puesto. La retribución variable debe pagar la contribución excepcional de un empleado a un negocio. Y hacer socio a un trabajador ayuda a fidelizar a aquel empleado que tiene un valor especial para tu negocio, a implicarle más en tu empresa, pero no es un sustituto de las anteriores. Es sólo un complemento.

Es cierto que con esta fórmula legal un emprendedor tiene la oportunidad de incrementar la retribución de sus empleados sin pagarles más directamente, siempre que la participación del trabajador no supere el 5% de la empresa, la cantidad no sobrepase los 12.000 euros y, además, mantenga las acciones en su poder durante al menos tres años. Con esas condiciones, las acciones están libres de tributación.

Negocio Versus Dividendo 

Entonces, si es fiscalmente eficiente, ¿por qué no funciona como sustituto del salario? Si un empleado cobra poco y le pagas en acciones, lo que querrá, como es lógico, es que tu empresa tenga una política de dividendos. Y, sin embargo, a ti no siempre te va a interesar pagar dividendos. Habrá ocasiones, como empresario, que te resulte más interesante capitalizar tu empresa. Entonces te encontrarás con que tu empleado lo que quiere es que le subas el sueldo y te dejes de socios… y de porcentajes.

Vamos ahora a por el segundo mito: Cuanto más pequeña sea tu organización, más seguro tienes que estar de tomar esta decisión. Piensa que la participación que le des al trabajador en tu negocio tiene que ser significativa, si quieres que funcione como medida de fidelización. No puedes darle el 0,1% de la compañía, porque eso y nada es lo mismo. El porcentaje tiene que demostrar la importancia que tiene para ti ese empleado.

¿Y qué ocurre? Que a partir del 5%, que es una participación que comienza a ser razonable, el socio tiene derecho a acceder a las cuentas y a votar, lo que coarta mucho tu actividad, sobre todo si eres un empresario único.

La letra pequeña.

Antes de tomar la decisión de convertir a un empleado en socio, lo primero que tiene que hacer el empresario es leer bien la letra pequeña. Para empezar, debe pensar en los derechos que adquiere el trabajador–asociado en la empresa.
Además de participar en el reparto de las ganancias, el empleado–socio tiene derecho a adquirir luego más acciones (en condiciones preferentes), si se amplía el capital social de tu empresa. Y si tu negocio cierra, tiene también derecho a participar en su liquidación de forma proporcional al número de acciones que posea. Asimismo, podrá asistir a la junta general y a votar. Hasta aquí, sin problemas.

Y ahora viene lo que le hace menos gracia, por lo general, a cualquier emprendedor: ese trabajador–socio goza del derecho de información. Por un lado, puede solicitar todos los informes relacionados con la convocatoria de una junta general. Por otro permite a aquellos socios que posean el 5% del capital el derecho a examinar en el domicilio social la contabilidad en unión de un experto independiente. Por debajo de este porcentaje, no hay obligación legal de dar a un socio acceso a las cuentas…

Si el empresario ha elegido bien a sus socios, no hay ningún problema ni con éste, ni con ningún otro derecho. Lo que nos lleva a la siguiente pregunta: ¿A quién puedes hacer socio? Legalmente, a cualquier empleado. En la práctica, no a todos.

¿Todo Socios?

Que un empleado sea un buen profesional no quiere decir que le tengas que hacer socio. No se puede hacer socio a cualquier empleado. Es una decisión que se debe tomar sólo con personas de las que tengas pruebas que aportan mucho valor a tu negocio: por su cartera de clientes, por su volumen de facturación o por sus conocimientos. Y lo que es más importante: que tengas la certeza de que seguirán siendo valiosos a largo plazo.

A lo mejor, un empleado da un pelotazo un año, consigue un contrato de un millón de euros, le das acciones… y al año siguiente, pierde ese contrato o baja su rendimiento. Eso, luego, cuesta mucho resolverlo, por muchas cláusulas que introduzcas en el contrato de compraventa de acciones. Tiene que haber muchos éxitos antes de hacer socio a un empleado. Si un trabajador funciona bien un año, dale un bonus. Si repite otro año, dale otro bonus. Y si se repite un tercero, al cuarto, le haces socio.

Los expertos recomiendan, además, dirigir esta medida únicamente a directores, gerentes y mandos intermedios. Un trabajador que no sea directivo y que sea sólo empleado no se involucra tanto en la empresa. Además, tiene una visión diferente de la empresa. Si quieres convertir a un trabajador raso en socio, lo que tienes que hacer es acompañar las acciones de un nombramiento.

Por último, tienes que pensar que no a todos los empleados les puede gustar el hecho de ser socios. Hay muchas organizaciones en las que los trabajadores le dicen al empresario: déjate de acciones y derechos y súbeme el sueldo.

¿Resulta rentable tomar esta decisión?

Para responder a esta pregunta, vamos a plantearlo a través de un caso práctico imaginario. Carlos, de 33 años, soltero y sin hijos, tiene un sueldo de 36.060 euros brutos anuales. Es un empleado valioso para la empresa, razón por la que quieren fidelizarle. Lleva cuentas de clientes importantes y además ha gestionado a dos clientes de peso a la empresa en los dos últimos años. Las opciones que su compañía le pone sobre la mesa son éstas:

Opción A. Le proponen a Carlos convertirse en socio. Para ello le plantean adquirir un porcentaje de la empresa a través de acciones, por valor de 3.005 euros.
Opción B. Le sugieren la posibilidad de darle opciones sobre acciones de la empresa de carácter negociable. La retribución en especie se valora también en 3.005 euros, sólo que, en este caso, Carlos no se convierte en socio automáticamente.
Opción C. La compañía le incrementa el sueldo bruto dinerario anual en la proporción que han pactado ambas partes.

La opción de la entrega de acciones (A) es la que más beneficia tanto a la empresa como a Carlos, ya que, en esta situación, éste continúa pagando los mismos impuestos que antes (7.127,67) y obtiene una retribución neta total (dineraria más acciones) de 29.794,31 euros, con lo que percibe el incremento salarial pactado (3.005,06 euros)… sin que su compañía tenga que asumir ningún coste adicional de relevancia.

En la modalidad en la que la empresa le concede opciones sobre acciones (B), Carlos no tendría más remedio que pagar más impuestos para conseguir… la misma retribución neta (29.794,31 euros). Además, la compañía para la que trabaja asumiría un coste superior debido a que la retribución en especie está gravada. Esto repercute en un incremento del sueldo dinerario bruto a abonar al trabajador que pasa de 36.060.73 euros a 38.973,87. Por si te lo preguntabas, no se considera renta en especie la parte que no exceda de 12.000 euros anuales, para el conjunto de entregas a cada trabajador.

Por último, si Carlos no quisiera recibir ninguna retribución en especie (Opción C), su empresa tendría que hacer frente a un coste de 40.830,67 euros para garantizar al empleado la remuneración neta pactada (29.794,31 euros).

 

fuente. emprendedores.es

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